15 de marzo de 2014

ACUERDO FINAL ERE 2014

             RESUMEN FINAL DEL ACUERDO LOGRADO EL PASADO DÍA 12-03-14

La Dirección de la empresa, tras un receso, propone aceptar una propuesta que sería la siguiente:

  • - El calendario de trabajo propuesto por la representación social como anexo a la última propuesta, con la siguiente salvedad: los cinco días a regular en septiembre pasarían a ser el último de junio y los cuatro primeros de julio. En todo caso este calendario podrá ser sujeto a variaciones a propuesta de la dirección, atendiendo al estudio posterior que se va a realizar con anterioridad al 31 de marzo de 2014.
  • - Compromiso por la parte social de que las personas con jornada de turno de noche, acepten ser reubicados en los turnos de trabajo diurnos.
  • -Durante el tiempo en el que se mantenga vigente el presente expediente de regulación de empleo suspensivo, esta opción conllevara la necesidad de traspasar a algunos trabajadores de un grupo de trabajo a otro, con un preaviso de 15 días.
  • - Esta opción conllevara la necesidad de reorganizar el mantenimiento planificado en turnos de noche, con lo que supone que a los trabajadores relacionados con estas tareas podrá exigírseles el trabajar de forma continua en el este turno.
  • - La empresa abonara 9,60€ por día natural regulado a cada trabajador como complemento.
  • - No quedara afectada la parte proporcional de vacaciones por efecto del expediente de regulación de empleo suspensivo.
  • Reducción de jornada:  La empresa se compromete a estudiar todas las solicitudes presentadas antes del 31 de Marzo, y aceptarlas si es organizativamente posible. Las reducciones de jornada aceptadas conllevaran la reducción salarial en igual proporción y fecha. En cualquier caso, la empresa podrá rescindir el acuerdo de reducción siempre que justificadamente las circunstancias que lo propiciaron cambien.
  • Bajas incentivadas:  La empresa  abrirá un periodo de solicitudes de bajas incentivadas, hasta el próximo 31 de Marzo, que contaran con un inventivo de 33 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. La empresa mantendrá en todo caso la posibilidad de aceptación o rechazo de dichas solicitudes. Estas bajas se realizaran de forma inmediata e irrevocable.
  • Suspensiones temporales:  La empresa acordara con aquellos trabajadores que lo soliciten una baja voluntaria en la empresa con garantía de reincorporación al finalizar la misma al antiguo puesto de trabajo en iguales condiciones que las actuales, con una fecha máxima de reincorporación el 31 de Marzo de 2015, sin que el trabajador reciba cantidad económica alguna, ni devengue antigüedad durante ese periodo. Al finalizar la suspensión voluntaria, el trabajador podrá optar, siempre por escrito al departamento de RR.HH., por reincorporarse a la empresa o acogerse a la baja incentivada descrita en el punto anterior. Pasados 15 días de la fecha prevista de reincorporación, y no tomada ninguna opción de las previstas, se extinguirá toda relación laboral entre la empresa y el trabajador, salvo causa de fuerza mayor que haya impedido su comunicación.

  • - Mayores de 55 años:  La empresa eximirá de los efectos de la regulación suspensiva a aquellos trabajadores mayores de 55 años que lo soliciten por escrito y justifiquen documentalmente ante el departamento de RR.HH. que su cumplimiento pueda conllevar una imposibilidad para acogerse a una posible futura jubilación parcial al no alcanzar el numero mínimo de años cotizados.
  • - Esta oferta es aceptada por todos los representantes de los trabajadores integrantes de la comisión de negociación, por lo que se da por terminado y cerrado el periodo de consultas con el resultado final de ACUERDO alcanzado entre las partes negociadoras.

12 de marzo de 2014

COMUNICADO DEL COMITÉ DE KSS
FIN DEL PERIODO DE CONSULTAS ERE 2014
ACUERDO:



Finalizado en el día de hoy el periodo de consultas a las 22.00h. el comité de empresa en su totalidad ha alcanzado un acuerdo con la misma que detallamos en los puntos que más pueden interesar a los trabajadores.

Con respecto a la propuesta inicial presentada, el acuerdo final obtiene un complemento económico de 1056€ que a día de hoy, no hemos determinado como se va a distribuir en el montante anual, además las vacaciones no tendrán afección económica relativa al ERE, alrededor de 500€.

Se añade además un plan de acompañamiento social expuesto en el Tablón del comité con el acuerdo integro en el acta de la 5 reunión.
Se acompaña el calendario de regulación a este comunicado. Expuesto a posible modificación sin repercusión excesiva sobre el actual.

La regulación comenzará como estaba previsto el día 17 de marzo y serán dos semanas completas. A la vuelta de estos días os informaremos con más detalle sobre como quedará distribuido el complemento, así como la manera en que se aplicarán los descuentos en las nóminas, a día de hoy lo desconocemos.

La empresa mañana repartirá un documento para gestionar a través de la misma la apertura de la prestación al INEM, el trabajador que no desee hacerlo a través de la misma deberá indicarlo en ese documento, para que la empresa le facilite la documentación necesaria. En el caso de que el trabajador opte por hacerlo por su cuenta en la oficina de INEM, una vez abierto el desempleo deberá comunicarlo a la empresa, para que esta conozca las bases de cotización y gestione las comunicaciones de los días que se vaya regulando. Para esta justificación el trabajador deberá entregar el documento que le facilitara el INEM.





Orkoien, 12 de Marzo de 2014